Reforma Política Electoral

La Reforma Política-Electoral protege y amplía el derecho de todos los mexicanos a votar y ser votados; renueva las instituciones y las reglas de la competencia electoral; fortalece la capacidad del Estado mexicano para alcanzar acuerdos transformadoresfacilita el acceso de los candidatos independientes a los cargos de elección popular, y elimina los obstáculos que dificultaban la representación de las mujeres en las legislaturas estatales y federal.1.- ¿POR QUÉ ERA NECESARIA LA REFORMA POLÍTICA-ELECTORAL?

  • Para fortalecer nuestra democracia y adecuarla a las necesidades de la sociedad de hoy, con mecanismos que propiciaran acuerdos mediante el diálogo y la negociación institucional entre los diferentes actores políticos.
  • Había que actualizar las reglas electorales para lograr procesos más equitativos, competitivos y transparentes, y para aumentar la participación ciudadana, especialmente en el ámbito local.

2.- ¿QUÉ CAMBIÓ CON LA REFORMA POLÍTICA-ELECTORAL?

1) Se protege y amplía el derecho de todos los mexicanos a votar y ser votados:

  • Se establecen mecanismos para que los ciudadanos que opten por buscar un cargo público a través de una candidatura independiente, compitan en igualdad de circunstancias con los candidatos respaldados por los partidos políticos.
  • Se promueve ─como nunca antes─ la paridad de género, reconociendo el papel central que deben tener las mujeres en la toma de decisiones de nuestro país. Ahora, los partidos políticos están obligados a que 50% de sus candidaturas a legisladores federales y locales sean ocupadas por mujeres.
  1. En ningún caso se admitirá que se les asignen exclusivamente aquellos distritos en los que los partidos políticos han obtenido resultados bajos.
  • Se reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir a sus autoridades o representantes bajo sus propias formas de gobierno interno. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político-electorales de las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
  • Ahora, los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero pueden votar en la elección de Presidente de la República y de Senadores por el principio de mayoría relativa, así como por gobernadores o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, cuando las constituciones locales así lo prevean.

2) Se transformaron las instituciones y las reglas de la competencia electoral:

  • El Instituto Federal Electoral (IFE) se transformó en el Instituto Nacional Electoral (INE). Entre las nuevas atribuciones del INE destacan:
  1. Garantizar que los candidatos independientes tengan acceso a tiempos en radio y televisión.
  2. Asumir directamente la realización parcial o total de los procesos electorales locales.
  3. Coordinar las consultas populares.
  4. Conocer de la queja o denuncia formulada por actores políticos, por violaciones a las normas de propaganda electoral o sobre hechos que constituyan actos anticipados de precampaña o campaña.
  5. Designar y remover, en su caso, a los consejeros electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES).
  6. Atraer cualquier asunto de la competencia de los OPLES, cuando la trascendencia así lo amerite o para sentar un criterio de interpretación.
  7. Delegar a los OPLES algunas de sus funciones en los procesos electorales federales.
  8. Organizar la elección de los dirigentes de los partidos políticos.
  • Con la promulgación de las leyes generales en Materia de Delitos Electorales, de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de Partidos Políticos:
  1. Los tribunales electorales se transformaron en autoridades jurisdiccionales de carácter local, ajenas a los poderes judiciales de las entidades federativas, con facultades para resolver controversias en materia electoral.
  2. Se incrementó de 2 a 3% el porcentaje mínimo de votación requerido para que los partidos políticos conserven su registro (en la elección para Presidente de la República o renovación del Congreso de la Unión).
  3. Se rediseñó el sistema de coaliciones entre los partidos políticos para participar en una elección, estableciéndose tres tipos: 1) totales, cuando contengan todos los candidatos en un mismo proceso electoral; 2) parciales, cuando contengan la postulación de, al menos, 50% de candidatos, y 3) flexibles, cuando contengan la postulación de, al menos, 25% de candidatos en un proceso electoral federal o local.
  4. Los partidos deberán difundir información sobre su padrón de afiliados, contrataciones de distinta naturaleza, así como ingresos de sus dirigentes y de cualquier persona que reciba un ingreso del partido.
  • Con la nueva legislación, se contemplan 25 conductas constitutivas de delito electoral, entre ellas:
  1. Obligar o ejercer cualquier tipo de presión sobre los ciudadanos para que voten a favor o en contra de un candidato, partido político, o bien, se abstengan de votar.
  2. Promover, mediante amenaza o promesa de pago o dádiva, el voto en favor o en contra de un determinado partido político o candidato, o bien, la abstención de votar.
  3. Se establecen sanciones a servidores públicos que incurran en conductas clasificadas como ilícitas en los procesos electorales.
  • También, se reformó la legislación para ampliar las causales de anulación de elecciones:
  1. Cuando se exceda el gasto de campaña en 5% del monto total autorizado; se compre cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley, o se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.

3) Se modernizaron distintas instituciones políticas para fortalecer nuestra democracia:

  • Se estableció la posibilidad de que el Presidente de la República opte por formar un Gobierno de Coalición ─en cualquier momento de su mandato─, a partir del 1 de diciembre de 2018, alentando con ello la corresponsabilidad entre los poderes Legislativo y Ejecutivo.
  1. En este caso, la fuerza política triunfante en las elecciones presidenciales y otras fuerzas políticas, podrán impulsar un programa de gobierno conjunto, que será respaldado por una mayoría legislativa estable. En este modelo, los nombramientos de secretarios de Estado tendrán que ser ratificados por el Senado de la República, con la salvedad de los secretarios de Defensa Nacional y de Marina.
  • Se estableció la reelección legislativa. A partir de 2018, los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión, hasta por cuatro periodos consecutivos.
  • Los Congresos locales ahora están facultados para establecer la reelección consecutiva para los cargos de Presidente Municipal, Síndico o Regidor, por un periodo adicional, siempre y cuando su mandato no sea mayor a 3 años.
  • A partir de 2024, se reducirá el Periodo de Transición entre la elección presidencial y la toma de protesta del titular del Ejecutivo Federal.
  1. La toma de protesta del Presidente de la República será el 1 de octubre y la presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación tendrá que llevarse a cabo a más tardar el 15 de noviembre.
  2. Esto permitirá que el Presidente entrante tenga tiempo suficiente para formular y presentar su propuesta de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos de la Federación, en congruencia con su plataforma electoral y de gobierno.
  • La Cámara de Diputados ahora tiene la facultad exclusiva para ratificar el nombramiento del Secretario de Hacienda y Crédito Público (cuando no se opte por un gobierno de coalición) y para aprobar el Plan Nacional de Desarrollo, a partir del 1 de diciembre de 2018.
  • La Cámara de Senadores ahora tiene la facultad exclusiva para ratificar al Secretario de Relaciones Exteriores (cuando no se opte por un gobierno de coalición), así como a los integrantes de órganos colegiados reguladores en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica. Asimismo, se le faculta para aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, a partir del 1 de diciembre de 2018.
  • Se prevé la transformación de la Procuraduría General de la República en una Fiscalía General de la República con autonomía constitucionalpersonalidad jurídica y patrimonio propios.
  1. Este nuevo órgano tendrá dos fiscalías especializadas, una en materia de delitos electorales y otra para el combate a la corrupción.
  2. El Fiscal General de la República durará en su cargo nueve años, para dar continuidad a las políticas y acciones de procuración de justicia. En su designación participan el Senado de la República y el Ejecutivo Federal.
  • Se estableció la autonomía del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) para garantizar su objetividad, transparencia e independencia al evaluar la política social.

3.- ¿CUÁLES HAN SIDO LOS RESULTADOS Y BENEFICIOS DE LA REFORMA POLÍTICA-ELECTORAL?

1) Se garantiza a más mexicanos su derecho de votar y ser votados:

  • Los procesos electorales de 2018 arrojaron los siguientes resultados:
  1. Se elevó el porcentaje de participación ciudadana en las elecciones federales de 2019, respecto a las de 2009 y 2003.
  • La Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura está compuesta en 48.2% por mujeres, 5.6 puntos porcentuales más que en la legislatura anterior. Con ello, México:
  1. Es 4° lugar de la clasificación mundial de Mujeres en la Cámara baja de la Unión Interparlamentaria1, encabezada por Ruanda (61.3%).
  2. Es el 3er país del continente americano con mayor representación femenina en la Cámara baja, después de Cuba (53.2%, 2° lugar global) y Bolivia (53.1%, 3er lugar global).
  3. Está más de 19 puntos porcentuales arriba del promedio regional de las Américas (28.9%) y por encima del promedio regional más alto (países nórdicos, 41.4%).
  • El Senado de la República tendrá la mayor representación de mujeres en la historia:
  • En el proceso electoral de 2015 (las primeras elecciones con la nueva reforma política-electoral):
  1. Aumentó el porcentaje promedio de participación de mujeres en legislaturas locales de los estados que tuvieron elecciones ese año, al pasar de 22% a 40%2, un aumento de 17.6 puntos porcentuales.
  2. 125 candidatos independientes contendieron en elecciones para gobernador (3 candidatos independientes), presidentes municipales (71 candidatos independientes), diputados federales (22 candidatos independientes) y legisladores locales (29 candidatos independientes). De los cargos competidos, en seis de ellos ganaron candidatos independientes: tres presidencias municipales, una diputación local, una diputación federal y una gubernatura.
  • En las elecciones de 2016:
  1. El porcentaje promedio de mujeres en legislaturas locales de los estados que tuvieron elecciones ese año, por primera vez con la reforma, aumentó en 11 puntos porcentuales, al pasar de 32% a 43%3.
  2. 287 candidatos independientes contendieron en elecciones para gobernador (10 candidatos independientes), presidentes municipales (203 candidatos independientes), diputados locales (53 candidatos independientes) y diputaciones para la Asamblea Constituyente (21 candidatos independientes). De los cargos competidos, en 12 de ellos ganaron candidatos independientes: 11 presidencias municipales y una diputación de la Asamblea Constituyente.
  • En el proceso electoral de 2017:
  1. El porcentaje promedio de mujeres en la legislatura de Coahuila aumentó en 8 puntos porcentuales, al pasar de 48% a 56%.
  2. En 2017, 140 candidatos independientes contendieron en elecciones para gobernador (6 candidatos independientes), presidentes municipales (97 candidatos independientes) y diputados locales (37 candidatos independientes).
  • En los procesos electorales de 2018 –los primeros comicios electorales a Presidente de la República desde la adopción de la Reforma— se registraron resultados sin precedentes:
  1. De los cargos competidos, en 3 presidencias municipales ganaron candidatos independientes.
  2. En 12 de las 27 entidades en las que se celebraron elecciones para renovar el Congreso local, las mujeres obtuvieron igual o mayor número de curules de mayoría relativa que los hombres.
  • Por segunda vez desde la reforma, en 10 entidades aumentó el porcentaje promedio de mujeres en legislaturas locales, con respecto a los resultados de 2015.
  • Por segunda vez desde la reforma, en 6 entidades aumentó el porcentaje promedio de mujeres en legislaturas locales, con respecto a los resultados de 2016.
  • En 2018, compitieron 633 candidatos independientes para la Presidencia de la República, Congreso federal, Congresos locales, Gubernaturas, Ayuntamientos y Alcaldías, y autoridades locales. De ellos, 20 candidatos independientes fueron electos.

2) Se transformaron las instituciones y las reglas de la competencia electoral:

  • En ejercicio de sus nuevas facultades, en septiembre de 2014 el INE organizó la elección interna para renovar a los integrantes del Consejo Nacional y Congreso Nacional del Partido de la Revolución Democrática.
  • Tras la impugnación de la elección a Gobernador de Colima, en junio de 2015, el INE organizó la elección extraordinaria para Gobernador de enero de 2016.
  • En el proceso electoral de 2017, votaron desde el extranjero los ciudadanos de Coahuila y el Estado de México en la elección a Gobernador.
  • En el proceso electoral de 2018, los mexicanos en el extranjero pudieron votar por cargos federales de elección popular: Presidente, Senadores y Diputados. Para la elección de gubernaturas y jefatura de gobierno, siete entidades contaron con voto desde el extranjero, de acuerdo a su legislación: Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla y Yucatán.

Referencias
1 Con información al 1° de agosto de 2017.
2 En 2015, el mayor aumento en la participación de mujeres en los Congresos locales fue en Campeche, donde aumentó en 31 puntos porcentuales. Para los estados que tuvieron elecciones ese año, los aumentos de participación de las mujeres en los Congresos fueron, en puntos porcentuales: Baja California Sur, 14.32; Chiapas, 7.5; Colima, 9.33; Ciudad de México, 12.15; Guanajuato, 25; Guerrero, 19.73; Jalisco, 23.15; México, 19.18; Morelos, 1.7; Nuevo León, 21.49; Querétaro, 44; San Luis Potosí, 14.83; Sonora 18.19; Tabasco, 0.05; y Yucatán, 12.
3 En 2016, el mayor aumento en la participación de mujeres en los Congresos locales fue en Durango, donde aumentó en 24 puntos porcentuales. Para los estados que tuvieron elecciones ese año, los aumentos de participación de las mujeres en los Congresos fueron, en puntos porcentuales: Aguascalientes, 18.5; Baja California, 4; Chihuahua, 9.10; Hidalgo, 13.3; Oaxaca, 4.8; Quintana Roo, 4; Sinaloa, 15; Tamaulipas, 11; Veracruz, 14, y Zacatecas, 16.6.
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